Blog personal i polític de Manuel Cáceres
Entrades etiquetades amb Tribunal Constitucional
Un cop més, els endevinaires s’equivocaven
29 jun
Finalment, quatre anys després, ja tenim sentència del Tribunal Constitucional sobre l’Estatut. No penso ara entrar en consideracions jurídiques perquè no l’he llegida, i perquè a més fora de mal gust comentar una feina que ha trigat quatre anys a fer-se només quatre hores després d’haver-se acabat.
Sí vull comentar algunes reaccions que he pogut llegir als mitjans i a twitter, dient per endavant que jo, convençut com estic de la plena constitucionalitat de l’Estatut, no estic en absolut content amb la sentència. Crec que el TC no hauria d’haver tocat res, perquè tot el que diu té cabuda dins la constitució, si més no com jo la interpreto, i per aquest motiu comparteixo la indignació del President Montilla.
Però això no treu que, pel que sembla, la cosa no hagi anat ni molt menys tan enllà com molts, inclús des de Catalunya, anunciaven (i crec que íntimament desitjaven). La sentència (aquí teniu la part dispositiva) deixa intacta la immensa majoria del text, només declara inconstitucional un article (el 97, relatiu al Consell Judicial de Catalunya) i parts molt concretes d’altres tretze, dels que una bona part, concretament cinc, es refereixen a l’Administració de Justícia i els altres a temes diversos (només dos a competències) fent, com dic, matitzacions de limitada importància, pel que he pogut veure. També fixa criteris interpretatius per a vint-i-set articles i/o disposicions més, però no en conec el contingut. En total, una quarentena d’articles i/o disposiciones afectats dels casi dos-cents cinquanta que té l’estatut (dels que el PP en va impugnar 129). No és molt, ni quantitativa ni qualitativament, sobre tot després del que ens anunciaven els profetes de l’apocal·lipsi (que existeixen en totes les matèries).
Davant això, aquesta nit en la que estic escrivint aquesta entrada, em sembla una nit electoral: tothom fa servir la sentència a la seva conveniència, per refermar les seves posicions preestablertes, igual que s’interpreten els resultats de les eleccions de forma que tothom guanya. De fet, alguns fa tota la pinta que les consignes ja les havien rebudes fa temps, sense ni esperar a llegir el contingut de la sentència, per això s’han afanyat a incloure el hashtag #estatutfail i altres de semblants (incloent el #montillafail els més descarats, com si els somrients no haguessin sortit en primer pla a la foto de l’Estatut) als seus tuits. Perquè, objectivament parlant, i per molt que ens molesti la sentència (i a mi personalment em molesta, i molt, tot aquest tema del Constitucional, des dels recursos, el desenvolupament de les deliberacions, passant per les recusacions i demés estratagemes i acabant per la sentència) el moll de l’os de l’Estatut queda intacte, malgrat els presagis. I ja pot anar dient l’Artur Mas que la sentència tomba la columna vertebral de l’Estatut, perquè aquesta afirmació és tan gratuita com la majoria de les que aquest senyor acostuma a fer. Malament aniriem si la columna vertebral de l’Estatut fossin els detalls que el Tribunal Constitucional ha anul·lat. Però clar, alguna cosa ha de dir, ara que el seu partit està en primera plana de l’actualitat pels motius que tots coneixem.
En conseqüència, parlar d’#estatutfail, d’#adeuespanya i demés consignes a l’ús únicament demostra, un cop més, que alguns viuen instal·lats en l’exageració permanent o, encara pitjor, en una realitat paral·lela, en aquell país en que la majoria de la gent no pensa en res més que la independència com a solució de tots els seus mals, i que jo no sé trobar quan surto al carrer. Potser el que veritablement els molesta de la sentència, és que no hagi destrossat l’Estatut per tal de poder fer-ho servir com a coartada per justificar les seves legítimes, però minoritàries, aspiracions, però no deixarem que la realitat ens espatlli una bona coartada, oi?
Golpes de Estado
19 abr
Desgraciadamente, España es un país con una grandísima tradición de golpes de estado o pronunciamientos, funesta tradición que para su desgracia también exportamos a los países colonizados en América Latina, en algunos de los cuales aun es algo habitual.
De hecho, durante el pasado siglo XX, podemos contar en España hasta cuatro intentos de golpe de estado, dos triunfantes, el de Primo de Rivera en 1923 i el del General Franco en 1936 y dos fallidos, la Sanjurjada de 1932 y el famoso 23-F de 1981. Hay quien también incluye aquí la conocida como Revolución de 1934, pero por su origen y características es dudoso que pueda ponerse en el mismo saco.
Define el diccionario de la Real Academia Española el golpe de Estado como:
Actuación violenta y rápida, generalmente por fuerzas militares o rebeldes, por la que un grupo determinado se apodera o intenta apoderarse de los resortes del gobierno de un Estado, desplazando a las autoridades existentes.
Y sí, en esa acepción del término, posiblemente los golpes de estado en España ya son Historia (aunque reciente, no han pasado ni treinta años del 23-F), y posiblemente hoy en día no sería posible un golpe de estado de este tipo, con tanques en la calle y demás. Afortunadamente.
Pero eso no quiere decir que no existan ya los salvapatrias que, como siempre, tienen muy claro qué es lo que conviene a la patria (que curiosamente suele coincidir con lo que les conviene a ellos), y que piensan que, dado lo noble de su empeño, ellos están por encima de la legalidad, a la que no tienen por qué someterse. Lo que no les impide, porque tontos no son, emplear dicha legalidad en su propio beneficio, subvirtiéndola. Vamos, que como saben que lo de los tanques no tiene futuro (salvo los cuatro tarados que envían los SMS a los programas de Intereconomía llamando al alzamiento), utilizan otros métodos, menos cruentos pero no por ello menos deleznables. Y si para conseguir su finalidad, tienen que cargarse la credibilidad de las instituciones, qué más da. Deben pensar que si no pueden controlarlas, ya pueden quemarse.
Algo así es lo que ha pasado con el Tribunal Constitucional, que empiezo a dudar que pueda recuperarse de ésta. La derecha de este país, antes llamada AP y ahora PP, cuenta con una gran tradición en la utilización política del Tribunal Constitucional. Ya con el primer gobierno socialista, en 1982, no tuvieron ningún reparo en utilizar el recurso previo de inconstitucionalidad (que tenía efectos suspensivos) para dilatar la entrada en vigor de leyes aprobadas por un parlamento en el que la mayoría absoluta del PSOE (por decisión de los ciudadanos) era aplastante, como con nostalgia recuerdan desde Libertad Digital. Dicho recurso previo, y sus efectos suspensivos, se eliminaron, y así la situación pudo reconducirse
Pero el PP gobernó (por cierto, no se le ocurrió intentar la reinstauración del recurso previo de inconstitucionalidad), y tras ocho años, y pese a prepararse el terreno para perpetuarse en el poder, poniendo a sus amigos en lugares clave del sistema, impulsando los grupos de comunicación afines (al más puro estilo Berlusconiano) y utilizando el BOE y sus amigos (como el juez prevaricador Gómez de Liaño) para intentar hundir a los que no lo eran, resulta que perdió las elecciones (es que mira tú la gente que vota lo que vota …), y eso fue más de lo que pudieron soportar, de forma que volvieron a la carga con renovados bríos en la utilización torticera del Tribunal Constitucional.
Aunque no ha sido la única ley impugnada (de hecho, creo que la excepción son las leyes no impugnadas por uno u otro motivo, y hay otras importantes pendientes de resolución, como la que regula el matrimonio entre personas del mismo sexo), el ejemplo paradigmático de ello es el Estatut de Catalunya: el PP presenta un recurso en el que impugna ni más ni menos que 136 de sus artículos (tiene 223), muchos de ellos idénticos, o casi, a los de otros Estatutos que el PP no sólo no ha impugnado, sinó que ha aprobado (por ejemplo el Estatuto de Andalucía, con 14 artículos idénticos a otros tantos impugnados del catalán, 28 de redacción muy similar con pequeñas diferencias que no afectan al contenido y 18 con diferente redacción pero el mismo certificado, en total 60 -noticia de El Periódico al respecto-). Incluso, y rizando el rizo, el PP impugnó artículos idénticos a otros del hoy derogado Estatut de Catalunya de 1979, que en su día no fueron impugnados.
Por si esta utilización política fuera poca cosa, intenta por todos los medios garantizar que el recurso prospere, ya sea recusando a Pablo Pérez Tremps por haber emitido un dictamen (recusación aceptada por la mayoría conservadora, en una decisión jurídicamente aberrante, porque desgraciadamente el Tribunal Constitucional funciona hoy en día con más disciplina de voto que el Congreso de los Diputados), o bloqueando la renovación de magistrados con mandato caducado hace ya tiempo, de forma que a día de hoy la credibilidad del tribunal está por los suelos … pero ¿a quién le importa si al final se consigue el objetivo buscado?
Creo que hay otra manera de dar golpes de estado que no involucra tanques ni ejercitos sublevados, y lo que he comentado sobre el Tribunal Constitucional es un ejemplo, pero no el único. Podríamos hablar de incitar a la rebelión contra una ley aprobada por la Cortes Generales, o de apartar de la carrera judicial a un juez incómodo que se empeña en investigar los chanchullos actuales del PP y los crímenes pasados de sus antecesores, pero no lo haré, al menos hoy, salvo para dejar constancia del asco que me da esta gente.
La obligatoriedad del catalán es constitucional
11 feb
Muchos pensaran: ahora que nos habíamos olvidado del Estatut y que hay sobre la mesa tantos temas y tan interesantes, viene éste pesado a hablarnos otra vez del tema. Pues sí, efectivamente, más que nada porque, aunque la existencia de otros temas de actualidad nos lo haya hecho olvidar, resulta que hace ya algunos años los catalanes refrendamos un Estatuto de Autonomía posteriormente recurrido por el PP (y por el Defensor del Pueblo, y por más gente), recurso que, pese al tiempo transcurrido, se encuentra aun pendiente de resolución.
No es mi objetivo hoy escribir sobre todos los artículos objeto de impugnación por el PP. Sería demasiado extenso porque, como nos recordaba hace unas semanas la compañera Lidia Santos, el PP impugnó ni más ni menos que 136 artículos, en un recurso que, un día, pasará a la Historia como ejemplo de mala utilización del Tribunal Constitucional por parte del PP, que impugna preceptos del Estatut que no impugna, e incluso apoya, en otros Estatutos.
Quiero centrarme en el tema de la lengua, aprovechando comentarios que escribí ya hace algunos días en un post de Ana Aldea, en su blog En modo esponja que llevaba por título Peligro: Upyd. Como allí dije, creo que la obligatoriedad de conocer el catalán establecida en el Estatut encaja perfectamente en la Constitución, sin forzar ni su letra ni su espíritu, y que por tanto el Tribunal Constitucional está obligado a interpretar ambas normas de forma que dicho encaje se produzca. Porque, contra lo que algunos parecen pensar, la obligación del TC no es buscar cómo cargarse al Estatut, sino cómo interpretarlo de forma que quepa dentro del marco establecido por la Constitución (lo que implica también interpretar ésta de forma adecuada). No olvidemos que el Estatut no es una norma cualquiera, es una Ley Orgánica aprobada por las Cortes a propuesta del Parlament de Catalunya y refrendada por la ciudadanía en referéndum.
Ya entro en materia. El Estatut en su artículo 6, apartado 2, establece:
2. El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas. Los poderes públicos de Cataluña deben establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, no puede haber discriminación por el uso de una u otra lengua.
Se establece, por tanto, el derecho y el deber de conocer el catalán, igual que el castellano.
¿Y qué es lo que nos dice la Constitución sobre el tema?. Está en su artículo 3:
- El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
- Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
- La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
Analicemos lo que dice (y lo que no dice) la Constitución en cuanto al castellano y a las demás lenguas españolas:
- La Constitución establece la oficialidad del castellano, y como consecuencia de dicha oficialidad el deber de conocerlo.
- La Constitución establece la oficialidad de las demás lenguas españolas, y se remite a los respectivos estatutos en cuanto a los términos de dicha oficialidad.
- La Constitución no prohibe que pueda establecerse el deber de conocer dichas lenguas.
Ergo, si la Constitución establece como consecuencia de la oficialidad del castellano el deber de conocerla, y establece asimismo la oficialidad de las demás lenguas españolas en los respectivos territorios remitiéndose a los estatutos, es perfectamente coherente con el texto constitucional que dichos estatutos establecan como consecuencia de la oficialidad de dichas lenguas en su territorio el deber de conocerlas. No digo que sea la única, pero sí que es una interpretación posible sin violentar lo más mínimo la letra y el espíritu constitucionales y en sintonia con la configuración territorial del Estado establecida en el Título VIII.
Los que no comparten esta interpretación, se amparan en el artículo 139 del texto constitucional, que establece en su apartado 1:
Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
Y según ellos este artículo se vulnera si en una comunidad autónoma se hace obligatorio el conocimiento de su lengua oficial propia, además del castellano. Pero no puedo compartir esta interpretación, por dos razones:
- Si definimos como obligación el conocimiento la lengua oficial de la comunidad, en las comunidades en las que, al amparo de la Constitución, hay más de una lengua oficial, dicha obligación puede lógicamente extenderse a ambas, sin vulnerar ni el fondo ni la forma del art. 139. La obligación es la misma: conocer la lengua o lenguas oficiales, no hay discriminación, salvo que entendieramos discriminatoria la propia existencia de dos lenguas oficiales, conclusión absurda por contradecir frontalmente el artículo 3.
- No puede interpretarse el artículo 139 de forma que entre en contradicción con el resto del texto constitucional. Llevado al extremo, vaciaríamos de contenido no sólo el Título VIII relativo a las compentencias de las Comunidades Autónomas, sino también nos estaríamos cargando la autonomía municipal, puesto que la simple residencia en un municipio u otro, incluso de la misma Comunidad Autónoma, comporta indudablemente diferentes derechos y obligaciones, derivados de la propia potestad municipal de regular por ejemplo el ejercicio de actividades económicas, los tributos o incluso la circulación de vehículos.
No me vale tampoco la distinción entre obligaciones y concreción de esas obligaciones, que algunos hacen. Porque si una Comunidad Autónoma puede aprobar leyes que prácticamente eliminan un impuesto en ciertos casos mientras que otra lo mantiene, con diferencias importantísimas de tributación, estamos afectando a la existencia misma de la obligación, no a su plasmación. Eso por no citar el caso sobre el que hace mucho tiempo escribí del diverso valor de los votos en según que partes del territorio, algo que afecta profundamente a los derechos de las personas, y que aun no he visto que sea atacado por ningún defensor de la igualdad invocando el artículo 139 (y en este caso sería con razón).
Y si mi opinión no es suficiente, me remito a lo que el propio TC ha dicho en su Sentencia 37/1987:
el principio constitucional de igualdad no impone que todas las Comunidades Autónomas ostenten las mismas competencias, ni, menos aún, que tengan que ejercerlas de una manera y con un contenido y unos resultados ídénticos o semejantes. La autonomía significa precisamente la capacidad de cada nacionalidad o región para decidir cuándo y cómo ejercer sus propias competencias en el marco de la Constitución y del Estatuto. Y si, como es lógico, de dicho ejercicio derivan desigualdades en la posición jurídica de los ciudadanos residentes en cada una de las distíntas Comunidades Autónomas, no por ello resultan necesariamente infringidos los arts. 1, 9.2, 14, 139 y 149.1.1ª” CE, ya que estos preceptos no exígen un tratamiento jurídico uniforme de los derechos y deberes de los ciudadanos en todo tipo de materias y en todo el territorio del Estado, lo que sería frontalmente incompatible con la autonomía, sino, a lo sumo, y por lo que al ejercicio de los derechos y al cumplimiento de los deberes constitucionales se refíere, una igualdad de las posiciones jurídicas fundamentales.
En esta página del Congreso de los Diputados encontrareis reproducciones de esa y otras sentencias, así como comentarios.
Los tontos (o más bien malintencionados) y el dedo
28 nov
Hay un adagio que dice que cuando el sabio señala la luna (o el cielo), el tonto mira el dedo. Y creo que eso es algo de lo que ha pasado en los últimos días, aunque en este caso creo que los tontos son más malintencionados que otra cosa.
El jueves se produjo un hecho histórico con la publicación de un editorial conjunto de los doce diarios editados en Catalunya. Pero eso solo fue el primer paso de algo mucho mayor, puesto que dicho editorial fue reproducido y asumido por una buena parte de la blogosfera catalana (entre la que me encuentro), de un amplio abanico de tendencias políticas, en un movimiento impulsado por Ruben Novoa y por el amigo y compañero Jose Rodríguez, que lo explica hoy en su blog. Se unieron también a él otros medios de comunicación (el mismo día Catalunya Ràdio, RAC 105 y COM Ràdio, luego otros medios), partidos políticos, universidades y multitud de entidades de la sociedad civil catalana (asociaciones de vecinos, colegios profesionales, entidades empresariales, etc.), como explica hoy El Periódico, y la iniciativa gozó también del apoyo popular según las encuestas efectuadas por diversos medios de comunicación.
Y ante ello, en lugar de preguntarse cómo era posible que personas y entidades de tan diversas tendencias se unieran en defensa de una misma idea, qué era eso que los unía, los comentaristas y los medios de la caverna mediática se dedicaron, como siempre, a la descalificación y al insulto, con palabras tan fuera de lugar (aunque muy propias de esta gente) como franquista, nazi, manipulación y otras lindezas. Todo menos considerar que quizás sus motivos no son espurios, que quizás no les falte razón, porque piensan que la razón es patrimonio suyo.
Lo que decía, en vez de mirar la luna, que sería el rechazo colectivo a un hipotético recorte del Estatut aprobado por el pueblo de Catalunya, los malintencionados, que no tontos, miran al dedo, que sería la manera en que dicho rechazo se expresa. Y suerte que no pueden cortarlo.
La dignidad de Cataluña
26 nov
Reproduzco a continuación, igual que El blog de Miguel Iceta, de dónde lo transcribo, y otros blogs, el editorial que, en una iniciativa sin precedentes, publican de forma conjunta doce diarios editados en Catalunya (Avui, Diari de Girona, Diari de Tarragona, Diari de Terrassa, Diari de Sabadell, El 9 Nou, El Periódico de Catalunya, El Punt, La Mañana, La Vanguardia, Regió 7 y Segre), y cuyo contenido suscribo.
La dignidad de Catalunya
Después de casi tres años de lenta deliberación y de continuos escarceos tácticos que han dañado su cohesión y han erosionado su prestigio, el Tribunal Constitucional puede estar a punto de emitir sentencia sobre el Estatut de Catalunya, promulgado el 20 de julio del 2006 por el jefe del Estado, rey Juan Carlos, con el siguiente encabezamiento: “Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado, los ciudadanos de Catalunya han ratificado en referéndum y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica”. Será la primera vez desde la restauración democrática de 1977 que el Alto Tribunal se pronuncia sobre una ley fundamental refrendada por los electores.
La expectación es alta
La expectación es alta y la inquietud no es escasa ante la evidencia de que el Tribunal Constitucional ha sido empujado por los acontecimientos a actuar como una cuarta cámara, confrontada con el Parlament de Catalunya, las Cortes Generales y la voluntad ciudadana libremente expresada en las urnas. Repetimos, se trata de una situación inédita en democracia. Hay, sin embargo, más motivos de preocupación. De los doce magistrados que componen el tribunal, sólo diez podrán emitir sentencia, ya que uno de ellos (Pablo Pérez Tremps) se halla recusado tras una espesa maniobra claramente orientada a modificar los equilibrios del debate, y otro (Roberto García-Calvo) ha fallecido.
De los diez jueces con derecho a voto, cuatro siguen en el cargo después del vencimiento de su mandato, como consecuencia del sórdido desacuerdo entre el Gobierno y la oposición sobre la renovación de un organismo definido recientemente por José Luis Rodríguez Zapatero como el “corazón de la democracia”. Un corazón con las válvulas obturadas, ya que sólo la mitad de sus integrantes se hallan hoy libres de percance o de prórroga. Esta es la corte de casación que está a punto de decidir sobre el Estatut de Catalunya. Por respeto al tribunal –un respeto sin duda superior al que en diversas ocasiones este se ha mostrado a sí mismo– no haremos mayor alusión a las causas del retraso en la sentencia.
Avance o retroceso
La definición de Catalunya como nación en el preámbulo del Estatut, con la consiguiente emanación de “símbolos nacionales” (¿acaso no reconoce la Constitución, en su artículo 2, una España integrada por regiones y nacionalidades?); el derecho y el deber de conocer la lengua catalana; la articulación del Poder Judicial en Catalunya, y las relaciones entre el Estado y la Generalitat son, entre otros, los puntos de fricción más evidentes del debate, a tenor de las versiones del mismo, toda vez que una parte significativa del tribunal parece estar optando por posiciones irreductibles. Hay quien vuelve a soñar con cirugías de hierro que cercenen de raíz la complejidad española. Esta podría ser, lamentablemente, la piedra de toque de la sentencia.
No nos confundamos, el dilema real es avance o retroceso; aceptación de la madurez democrática de una España plural, o el bloqueo de esta. No sólo están en juego este o aquel artículo, está en juego la propia dinámica constitucional: el espíritu de 1977, que hizo posible la pacífica transición. Hay motivos serios para la preocupación, ya que podría estar madurando una maniobra para transformar la sentencia sobre el Estatut en un verdadero cerrojazo institucional. Un enroque contrario a la virtud máxima de la Constitución, que no es otra que su carácter abierto e integrador.
Los pactos obligan
El Tribunal Constitucional, por consiguiente, no va a decidir únicamente sobre el pleito interpuesto por el Partido Popular contra una ley orgánica del Estado (un PP que ahora se reaproxima a la sociedad catalana con discursos constructivos y actitudes zalameras). El Alto Tribunal va a decidir sobre la dimensión real del marco de convivencia español, es decir, sobre el más importante legado que los ciudadanos que vivieron y protagonizaron el cambio de régimen a finales de los años setenta transmitirán a las jóvenes generaciones, educadas en libertad, plenamente insertas en la compleja supranacionalidad europea y confrontadas a los retos de una globalización que relativiza las costuras más rígidas del viejo Estado nación. Están en juego los pactos profundos que han hecho posible los treinta años más virtuosos de la historia de España. Y llegados a este punto es imprescindible recordar uno de los principios vertebrales de nuestro sistema jurídico, de raíz romana: Pacta sunt servanda. Lo pactado obliga.
Hay preocupación en Catalunya y es preciso que toda España lo sepa. Hay algo más que preocupación. Hay un creciente hartazgo por tener que soportar la mirada airada de quienes siguen percibiendo la identidad catalana (instituciones, estructura económica, idioma y tradición cultural) como el defecto de fabricación que impide a España alcanzar una soñada e imposible uniformidad. Los catalanes pagan sus impuestos (sin privilegio foral); contribuyen con su esfuerzo a la transferencia de rentas a la España más pobre; afrontan la internacionalización económica sin los cuantiosos beneficios de la capitalidad del Estado; hablan una lengua con mayor fuelle demográfico que el de varios idiomas oficiales en la Unión Europea, una lengua que en vez de ser amada, resulta sometida tantas veces a obsesivo escrutinio por parte del españolismo oficial, y acatan las leyes, por supuesto, sin renunciar a su pacífica y probada capacidad de aguante cívico. Estos días, los catalanes piensan, ante todo, en su dignidad; conviene que se sepa.
Estamos en vísperas de una resolución muy importante. Esperamos que el Tribunal Constitucional decida atendiendo a las circunstancias específicas del asunto que tiene entre manos –que no es otro que la demanda de mejora del autogobierno de un viejo pueblo europeo–, recordando que no existe la justicia absoluta sino sólo la justicia del caso concreto, razón por la que la virtud jurídica por excelencia es la prudencia. Volvemos a recordarlo: el Estatut es fruto de un doble pacto político sometido a referéndum. Que nadie se confunda, ni malinterprete las inevitables contradicciones de la Catalunya actual.
Solidaridad catalana
Que nadie yerre el diagnóstico, por muchos que sean los problemas, las desafecciones y los sinsabores. No estamos ante una sociedad débil, postrada y dispuesta a asistir impasible al menoscabo de su dignidad. No deseamos presuponer un desenlace negativo y confiamos en la probidad de los jueces, pero nadie que conozca Catalunya pondrá en duda que el reconocimiento de la identidad, la mejora del autogobierno, la obtención de una financiación justa y un salto cualitativo en la gestión de las infraestructuras son y seguirán siendo reclamaciones tenazmente planteadas con un amplísimo apoyo político y social. Si es necesario, la solidaridad catalana volverá a articular la legítima respuesta de una sociedad responsable.
Los buitres sobrevuelan el Estatut
24 nov
Desde hace bastante tiempo se vienen sucediendo filtraciones interesadas sobre la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut de Catalunya, todas ellas, anunciando un recorte más o menos drástico del mismo. Por ejemplo, ya hace más de un año, TV3 propagaba una, y hoy mismo tenemos otra en La Vanguardia.
Podríamos plantearnos los motivos por los que alguien administra estas filtraciones a su antojo, pero lo único que está claro es que las mismas benefician a los que esperan una sentencia en el mismo sentido de las filtraciones, porque así adelantan en el tiempo el rédito político que esperan obtener de una hipotética sentencia adversa al Estatut. Porque, digamoslo claro, aquí la constitucionalidad o no del Estatut no le importa ni al PP, que si así fuera no habría aprobado en otros estatutos artículos idénticos a los que han sido objeto de recurso, ni tampoco le importa a CiU, como acredita el hecho de que sus sus alternativas sean huidas hacia delante claramente inconstitucionales. De lo que se trata es de erosionar a los gobiernos que en Cataluña y en España le dieron su apoyo, sencilla y llanamente, y por eso no es mi intención comentar nada más sobre esas posiciones. Son los buitres a los que me refería en el título, en busca de su ración de carroña.
Pero sí que quiero referirme al que podríamos designar como dilema constitucional, tomando prestado el título del editorial de ayer de El País que recoge en su blog Miquel Iceta. Como ya sabemos, sobre todo los que nos dedicamos a esto, pero creo que también el ciudadano de a pie, toda norma jurídica, y la Constitución no es una excepción, esta sometida a interpretación, y dicha interpretación puede provocar, en ciertos casos, resultados de la aplicación de la norma muy diferentes de los que se producirían con otras interpretaciones. Y no conviene olvidar lo que en este sentido establece el artículo 3 del Código Civil en su apartado 1:
Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
La Constitución Española tiene ya más de treinta años. Se aprobó en un España temerosa tras los casi cuarenta años de dictadura, dónde era inimaginable, por ejemplo, que alguien reivindicara la memoria histórica o los matrimonios homosexuales (¡si hasta la ley del divorcio fue un parto difícil!). Baste recordar que el intento de golpe de estado de Tejero tuvo lugar dos años después de la aprobación del texto constitucional.
Afortunadamente, poco o nada tiene que ver aquella España con la España actual. Y no solo porque un intento de golpe de estado sería ahora impensable, sino por los muchos cambios que no solo España sino también el mundo han sufrido. En estas condiciones, solo tenemos dos alternativas, o adaptamos la aplicación de las normas (y eso incluye la Constitución) al momento que vivimos, o las cambiamos, porque nunca una norma puede ser un lastre a la evolución de la sociedad.
Dice el artículo que he reproducido del Código Civil que la interpretación debe atender, fundamentalmente, al espíritu y finalidad de la norma. ¿Y cuáles son el espíritu y la finalidad de la Constitución? Pues para mí están claros: que los diferentes pueblos, ya sean naciones, nacionalidades, regiones o como se les quiera llamar, para mí el nombre no hace la cosa, puedan convivir juntos dentro del marco de España, pero con respeto a sus diferencias, y con capacidad para autogobernarse (de ahí el famoso Título VIII). Y el Estatut, en su redacción actual, cabe perfectamente en esta interpretación constitucional.
Si el Tribunal Constitucional ignora esto, e ignora además la voluntad del pueblo de Cataluña expresado en referéndum, habrá que plantearse ciertamente otras alternativas. No quiero con ello decir que el hecho de estar aprobado en referéndum constituya una patente de corso para saltarse la Constitución, pero sí que la voluntad expresada por el poder legislativo de Cataluña y España, y directamente por los ciudadanos de Cataluña, merece ser tenida en cuenta.
Sobre todo si pensamos en que podría ser que para ir contra esa voluntad popular se estuviera utilizando una norma, la Constitución, que nunca ha sido aprobada por una gran mayoría de los españoles vivos actualmente. Y si alguien cree que exagero, que haga números: menos de 16 millones de españoles aprobaron la constitución, de los que una buena parte, es ley de vida, habrán fallecido ya (los más jóvenes tendrán 49 años, uno más que yo, que no pude votar). No sé por tanto si quedarán vivos 12, 10 u 8 millones, pero en el mejor de los casos son indiscutiblemente minoría en un país con 40 millones de habitantes.
Acabo dejando aquí las palabras del Presidente Montilla el pasado domingo, para quien no las haya oído, y no hace falta decir que las comparto totalmente:
[youtube=http://www.youtube.com/watch?v=oyWIzvpOiSA]
Here I am again
4 sep
Després d’uns mesos de silenci blocaire motivat bàsicament per l’excés de feina, retomo el blog amb l’inici del curs polític, per constatar que les coses no han canviat gaire en aquests mesos. La crisi continua, diuen, però els temes de que es parla als mitjans de comunicació són uns altres:
- El PP acusa sense proves de conspiracions a tres bandes (político-policial-judicials, molt en la línia dels “peones negros”) per a tapar les actuacions pressumptament delictives d’alguns militants seus a Madrid i València, en la coneguda com estratègia del calamar que ja casi podríem rebatejar oficialment com estratègia pepera, ja que fa anys que la practiquen. Tots recordem el cas Naseiro (tresorer del PP), que ells van intentar rebatejar com a cas Manglano (nom del jutge instructor), i des d’aleshores n’han hagut d’altres.
- CiU i els de la seva corda perden el temps en marejar la perdiu sobre la hipotètica resposta a donar una hipotètica sentència del Tribunal Constitucional que practiqui un hipotètic retall sobre l’Estatut, donant per fet que aquest retall es produirà. Ja donen per fet això (ahir Felip Puig parlava de laminació de l’Estatut) i demanen referèndums, eleccions, i de tot. Jo ja tinc clar que encara que el Tribunal Constitucional només toqui una coma de l’Estatut, ells diran que s’ha trencat la seva columna vertebral, així que no cal donar-hi més voltes.
- En la mateixa línia, uns altres volen fer un referèndum inútil amb un motiu que, novament, no pot ser altre que continuar fent bullir l’olla de l’independentisme d’opereta que practiquen. Jo no crec que cap administració pública hagi de participar en això, perquè la llei s’ha de complir per tothom, però em sembla perfecte que uns particulars ho facin si estan avorrits i no tenen res millor en que entretenir-se, no tinc res en contra. Només demano que després no ens vinguin a vendre la moto de que el resultat, siguin quin sigui, té algun significat, perquè com diria el Molt Honorable Jordi Pujol, “això no serveix per res”.
- També s’ha parlat darrerament de l’alliberament de la pressumpta etarra Maite Aranalde, amb el líder del PP basc, Basagoiti, demanant caps de forma totalment demagògica i irresponsable. A mí no m’agrada que els assassins i els que els ajuden estiguin lliures, però prefereixo posar l’accent en la part bona de tot això. Ha quedat demostrat que l’Estat de Dret funciona, i que les seves normes s’apliquen fins i tot en favor d’aquells que el volen destruir. Crec que és la millor resposta que els podem donar.
- I per acabar, la prostitució, tema que sembli que ha aparegut ara (malgrat li diguin l’ofici més antic del món) i que només es practiqui a Barcelona. No cal dir que no és agradable (si més no per a mí), veure turistes borratxos practicant sexe amb prostitutes al carrer. De fet, tampoc seria agradable si ells no fossin ni turistes, ni borratxos, ni elles fossin prostitutes. Amb tot, crec que el problema de la prostitució no és que sigui més o menys visible, i que porta un rerefons molt complex que no es pot solucionar només amb presència policial. Presència policial que, d’altra banda, no es pot mantenir eternament (la policia té, malauradament, temes més greus de que ocupar-se). En aquest temes, com en tants d’altres, cal evitar la demagògia i treballar per trobar solucions.
Total, que la crisi existeix, però menys per als que la pateixen directament, no sembla importar molt.



